Nuevo Instructivo: Desplazamientos en cuarentena (Sector Transporte)

Estimados Socios y Asociados:

Hoy 2 de abril, se ha actualizado el Instructivo para tramitar permisos de desplazamiento (Salvoconductos) en comunas con cuarentena o sujetas a cordones sanitarios. Aplica para personas individuales o para empresas, según el tópico de que se trate.

Esta versión recopila y reemplaza a la anterior versión del 25 de marzo. Aquéllos de ustedes que ya hayan tramitado permisos, continuarán vigentes por el tiempo que cada permiso indica (no es necesario tramitarlo nuevamente). Para los que necesiten tramitarlo de ahora en adelante, favor apoyarse en la redacción del documento oficial que se acompaña a este correo. Para el sector transporte no hay mayores cambios respecto a lo informado (las SEREMIS de Economía de cada región continuarán siendo el canal oficial para consultar por sus salvoconductos y obtener su aprobación, para aquellos que no encuentren un rubro adecuado en www.comisariavirtual.cl).

En el rubro transportes, se eliminó la expresión “indispensables” ampliándose al transporte de bienes.

A continuación resumimos las principales adiciones de este nuevo documento, que incluye a mayores rubros, para su conocimiento:

  1. Salud

Letra A

  • Se incorporan los profesionales independientes
  • Se incorporan empresas de servicios de reparación y mantenimiento esencial para el funcionamiento de estos recintos

Letra B

  • Se incorpora el personal de empresas destinadas a la producción de insumos médicos, dispositivos médicos, elementos de protección personal y de insumos para su almacenamiento y conservación

Letra C

  • Se incorporan quienes presten servicios para el cuidado animal en zoológicos, hipódromos, estaciones experimentales, campus universitarios y otras instituciones públicas o privadas que posean u alojen animales. Se entenderán incluidos los miembros de organizaciones sin fines de lucro que realicen labores destinadas al cuidado animal, debidamente calificados por la autoridad competente.
  1. Emergencias
  •             Se incorpora el saneamiento y control de plagas.
  1. Servicios de utilidad pública
  •             Letra C, se incorpora el tratamiento de aguas servidas y riles. Asimismo, el personal que presta servicios para la elaboración de los insumos que son utilizados para la producción de agua potable
  •             Letra I, se incorporan las empresas de seguros generales para efectos del pago de siniestros que deban realizarse de manera presencial, y otras empresas de infraestructura financiera crítica. Asimismo, el personal que presta servicios para la administración de fondos de cesantía.
  •             Letra J, se incorpora el personal del Sistema de Consultas y Ofertas de Montos de Pensión.
  •             Letra L, se incorporan los trabajadores de transporte de residuos, limpieza y lavado de áreas públicas y personal contratado por empresas e instituciones que transporten y procesen materiales reciclables, embalajes y envases.

Adicionalmente, esta nueva versión agrega lo siguiente:

  • Letra N, Personas que presten servicios en residencias destinadas a niños, niñas y adolescentes, adultos mayores, y de personas con discapacidad o en situación de calle. Asimismo, el personal de los Centros de la Mujer y Casas de Acogida.
  • Letra O, Personal esencial para el funcionamiento de las Notarías, de acuerdo al turno que establezca la respectiva Corte de Apelaciones para este efecto, y de los Conservadores de Bienes Raíces.
  • Letra P, Personal esencial para la facilitación del comercio exterior del país, entendiendo por tales a los agentes de aduanas y sus auxiliares.
  • Letra Q, Personal que preste servicios para el mantenimiento, reparación y funcionamiento de la infraestructura pública, tales como edificios públicos, aeropuertos, puertos, carreteras, hospitales, ríos, canales, embalses y cárceles.
  • Letra R, Personal que preste servicios destinados a la producción, elaboración y entrega de alimentos a instituciones públicas y a aquellas que prestan servicios para las mismas.
  1. Sector Público
  •             Sin cambios
  1. Alimentos y comercio esencial

Letra A

  • Se incorporan los proveedores de insumos y servicios logísticos para ellos.
  • Se incorporan las personas que presten servicios a entidades que se dediquen a la producción, distribución de bienes esenciales para el hogar y las dedicadas a la producción de insumos para su almacenamiento y conservación.

Letra C

  • Se reemplazar la expresión “productores silvícolas y agrícolas” por productores silvoagropecuarios.
  • En lo referido a la producción de celulosa y productos de papel, cartón, derivados, se incorpora envases y embalajes.
  1. Transporte

Letra B, se elimina la expresión “indispensables” ampliándose al transporte de bienes.

  1. Seguridad
  •             Sin cambios
  1. Prensa
  •             Sin cambios
  1. Educación
  •             Se agrega Letra B: Personal esencial para el soporte y mantenimiento tecnológico de las instituciones educacionales, sean éstas públicas o privadas.
  1. Otros
  •             Se agrega Letra C: Ministros de culto, exclusivamente, para acudir a ritos o actividades que sean impostergables.

Siempre atentos a cualquier duda que puedan tener al respecto.

Les saluda,

Diego Mendoza Benavente
Secretario General